miércoles, diciembre 6, 2023
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Nuevo requisito obligatorio para motos que se comercializaran en Colombia

Motos deberán tener nuevo sistema para andar en Colombia; ya hay fecha para la medida

El Ministerio de Transporte sacó una resolución para que las motos que se comercialicen en el país sean más seguras. Aplicará solo para algunos modelos.

Ante la tasa de accidentalidad en motos, el Ministerio de Transporte tomó una medida para que esos vehículos sean mucho más seguro para los usuarios.

La medida aplicará para motos con cilindrajes desde 50 cms3 y con potencias entre 4 y 11 kW (en caso de las eléctricas), indicó la revista Motor. Solo las que tengan una velocidad máxima de 25 km/h estarán exentas.

Motos deberán tener sistema de frenos ABS o CBS en Colombia

La resolución del Ministerio de Transporte, citada por el medio, indica que las motos con cilindrajes de entre 50 cm3 y 150 cm3 o potencias de entre 4 y 11 kW (5,3 y 14,7 caballos de fuerza, respectivamente) deberán equiparse con el sistema de frenos ABS o CBS.

A aquellas con cilindraje de más de 150 cm3 o potencia superior a los 11 kW se les exigirá el sistema de frenado ABS.

ABS hace referencia al sistema de frenado antibloqueo, que evita perder el control de la moto cuando se accionan los frenos a fondo, explica la revista.

CBS, por su parte, es el sistema de frenado combinado, que activa los dos frenos de la moto, aunque el conductor solo presione el de una rueda.

La medida empezará regir desde el 2025, de acuerdo con el medio, aunque durante los primeros 12 meses, desde que empiece a regir la resolución, se podrán comercializar en Colombia motos sin esos sistemas, siempre y cuando su importación o ensamble se haya hecho antes de la fecha.

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