Al ser confirmada la Acción Popular en su contra, la Alcaldía no podrá seguir actuando con omisión ante el desorden urbano de las empresas de comunicaciones.


Por orden del Tribunal Administrativo del Atlántico, el Distrito de Barranquilla no podrá seguir con el desgobierno institucional ni eludir su responsabilidad en el control de la proliferación de las ‘telarañas’ de cables de telefonía, televisión por cable e internet que afean a la ciudad.

En fallo unánime, con ponencia de la magistrada Carmen Lorduy González, respaldada por sus colegas Judith Romero Ibarra y Lilia Álvarez Quiroz, la Sala de Decisión Oral A confirmó la Acción Popular que el Juez Tercero Administrativo, Edgardo Atencio Royero, concedió el 30 de junio de 2023 al arquitecto y ex profesor universitario Orlando Manjarres, apoyado por el abogado Jaider Jiménez.

En concreto, el juez Atencio ordenó:

1.Que la Alcaldía deje a un lado su actuar omisivo y meta en cintura a las empresas dueñas del cableado aéreo y de las redes remanentes o en desuso que cuelgan por todas partes.

2.Que debe revisar si hay vallas publicitarias que obstruyan el paso peatonal, como lo afirma el profesor Manjarres, y en caso de ser así tienen que ser desmontadas.

3.Que la Secretaría de Espacio Público y la empresa Air-e deben identificar a qué compañías pertenecen las marañas de cables para que la Alcaldía les exija desmontar todas las líneas inservibles; en caso de que sean reincidentes o renuentes a hacerlo, deben aplicarles “sanciones ejemplares”.

Al perder la apelación, que inexplicablemente presentó la administración de Jaime Pumarejo contra una decisión que, como la del juez Atencio, busca acabar con parte del desorden urbano que reina en Barranquilla, el gobierno de Alejandro Char Chaljub tendrá dos meses para cumplir lo que se ordenó; además, debe hacer un seguimiento permanente al cumplimiento de la Acción Popular a través de la Oficina de Control Urbano.

GANA LA CIUDAD: MANJARRES

Orlando Manjarres, quien presentó la demanda en 2017, manifestó, en diálogo con 30dias.co, que la decisión del Tribunal defiende y respalda el bien comunitario sobre el particular, representado en este caso por las empresas de telecomunicaciones; valoró que “pondrá fin a la inexplicable normalización del desorden urbano” que viven los barranquilleros por cientos de metros de cables tirados, colgando o reventados en las calles.

El abogado Jaider Jiménez expresó que el fallo es importante porque es la primera Acción Popular que en esta materia se concede en Barranquilla. “Las empresas de comunicaciones y de publicidad no tenían control, además, el Distrito siempre dijo que ellos no tenían que solucionar este problema, lo cual era un criterio irresponsable, absurdo, como lo demuestra la sentencia”.

Jiménez insistió en que la magistrada Lorduy con su fallo le está diciendo al Distrito que ellos son los directamente responsables de preservar, regular, proteger y cuidar el urbanismo, el medio ambiente y el espacio público, y que esta no es una función que pueden delegar y dejar en manos de particulares.

PROTEGER EL ESPACIO PÚBLICO

Al apelar el fallo, a través del abogado Héctor Romero García, el Distrito alegó que poner orden al desorden de las ‘telarañas’ no era su responsabilidad y argumentó que el juez Edgardo Atencio debió ordenar el desmonte a las empresas Metrotel, Movistar, Tigo – Une, Claro, Construseñales y Air-e, dueñas de los cables vallas y postes.

Pero con base en las normas y la jurisprudencia existente, la magistrada Carmen Lorduy consideró todo lo contrario, y dijo que no le cabe duda al Tribunal que existe una obligatoriedad, incluso constitucional, de los entes territoriales, en este caso Barranquilla, “de velar por la correcta destinación y utilización del espacio público, en los distintos ámbitos de uso u ocupación que en este pueda emplearse”.

Para confirmar la Acción Popular la magistrada ponente tuvo en cuenta que no se evidencia que el Distrito de Barranquilla hubiese ejercido acción administrativa tendiente a evitar la proliferación de la contaminación visual que se ha generado con ocasión de los rollos de cables que cuelgan de un gran número de postes por toda la ciudad”.

“Si bien –agrega Lorduy González– se reconoce que la propiedad de los postes corresponde a la comercializadora de energía eléctrica Air-e, y que esta, a su vez, permite, a través de acuerdos comerciales suscritos entre privados con empresas de telefonía, el uso del mobiliario para la instalación de redes (…), no es menos cierto que todas esas redes y los postes mismos se encuentran en su totalidad en uso del espacio público, el cual, como ya se mencionó, resulta ser un bien de interés general perteneciente a la comunidad a través del ente territorial correspondiente, al cual le asiste el deber de controlar su correcta destinación”.

ES UN DEBER DE LA ALCALDÍA

Sostiene la ponente que la medida adoptada por el juez Atencio “no resulta ser desproporcionada”, tomando en consideración que no se evidencia que para la correcta instalación o el normal funcionamiento de las redes sea necesario mantener los sobrantes colgados de los postes, y sostiene que “al sopesar tal circunstancia con la contaminación visual que esto genera y el diseño urbanístico, se hace necesario disponer su retiro y las medidas en cabeza de la autoridad competente, para el caso el Distrito de Barranquilla, a fin de evitar la proliferación de esta práctica”.

Concluye la magistrada Carmen Lorduy que “el Distrito de Barranquilla se encuentra en el deber, como autoridad administrativa, de ejercer las acciones positivas para evitar la contaminación visual

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